Los bolivianos nos empadronamos en el exterior

edsonhurtado on 08 18, 2009

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El voto de las ciudadanas y ciudadanos residentes en el exterior se efectuará donde el Organismo Electoral, progresivamente, vaya creando las condiciones materiales suficientes para su aplicación práctica.”

En consecuencia y en uso de sus atribuciones, la Corte Nacional Electoral ha determinado que para las elecciones del 6 de diciembre el voto de bolivianos/as en el exterior se realice en diez ciudades de cuatro países:

Argentina

1. Buenos Aires

Horario de atención al público
de 9:30 a 17:30 horas
(Lunes a Viernes, horario contínuo)
Av. Corrientes 545, 2do. Piso (1403) Capital Federal
Teléfono: (54-11) 4394 - 1463, Int. 21
www.embajadadebolivia.com.ar
secretaria@embajadadebolivia.com.ar

2. Jujuy

Calle Independencia 1098
C.P. 4600; San Salvador de Jujuy
Tel.: (54-388) 42 40 501
Fax: (54-388) 42 331 56 / 42 40 564
E-Mail: colivian-jujuy@rree.gov.bo

3. Mendoza

Calle Garibaldi 380 Planta Alta;
Mendoza Capital,
C.P. 5500; Mendoza
Tel.: (54-261) 429 2458
Fax: (54-261) 423 0413
E-Mail: colivian-mendoza@rree.gov.bo

Brasil

4. San Pablo

Rua Oscar Freire Nº379-13º Andar Conj. 131 Jardim
Paulista - CEP 01426-020, Sao Paulo
Tel.: (55-11) 3081 1688 / 3081 1618 / 3081 1783 / 3081 1787
Fax: (55-11) 3068 0243
E-Mail: colivian-saopaulo@rree.gov.bo

Estados Unidos

5. Virginia

Consulado Móvil en Virginia
Sábado 22 de Agosto
10 am - 3 pm
Iglesia Episcopal San José

911 N Okland St.
Arlington, VA 22203

6. Maryland

Consulado General en Washington DC. (Distrito de Columbia, Virginia, Maryland, Carolina del Norte y Pensilvania):
Dirección: 2120 L Street NW. Suite 335
Washington DC. 20037
Telefonos (1) 202-2324827 202-2324828
Fax 202- 2328017
Correo Electronico: consulgeneral@bolivia-usa.org

7. Nueva York

211 East 43rd Street, Suite 702;
New York, N.Y. 10017
Tel.: (1-21… / 687 0531 / 499 7401
Fax: (1-212) 687 0532
E-Mail: consbolnewyork@aol.com

España

8. Barcelona

Consulado Honorario en Barcelona:
Plaza Francisco Macía, 8, 1ro. 2da.; 08029
Barcelona
Tel.: (34 93) 3226512
Fax: (34 93) 3226512

9. Madrid

Dirección: C/ Velazquez, 26 - 3º
Población: Madrid
Código Postal: 28001
Teléfono: + 34 91 578 0835
+ 34 91 578 1070
+ 34 91 578 2035
Fax: + 34 91 577 39 46
E-Mail: embolivia-madrid@rree.gov.bo

10. Valencia

* Consulado de Bolivia
Direccion: Calle Maestro Clavé
Teléfono: 963…

Por tanto, el registro en el Padrón Electoral Biométrico se realizará en estos lugares.

Tu voto cuenta

Tu voto cuenta

¿Qué es el Padrón Electoral Biométrico?

La Ley Nº 4021, aprobada por el Congreso Nacional el 14 de abril de 2009 y promulgada por el Presidente de la República en la misma fecha, determina que el Órgano Electoral boliviano debe conformar un nuevo Padrón Nacional Electoral mediante un registro biométrico para las elecciones del 6 de diciembre de 2009 y todas las elecciones y consultas populares (referéndum) posteriores.

Esto significa que en el nuevo Padrón Electoral, además de los datos personales de la ciudadana o ciudadano (nombres y apellidos, fecha de nacimiento, número de documento de identidad, dirección, etc.), se registrarán sus características biométricas:

• huellas dactilares de los diez dedos
• fotografía digital
• firma

De esta manera se obtendrá un registro con datos más completos que permitirán una mejor y más segura identificación de cada votante.

¿Qué seguridades ofrece el Padrón Electoral Biométrico?

El Órgano Electoral boliviano garantiza, tal como lo establece el Código Electoral, que la información contenida en el Padrón Electoral Biométrico únicamente podrá ser utilizada para fines estrictamente electorales. Ningún otro uso está permitido.

El Padrón Nacional Electoral es un patrimonio del Estado Plurinacional boliviano y el Órgano Electoral es la institución encargada, con carácter exclusivo, de su conformación, resguardo y utilización para los fines establecidos por ley.

Por otra parte, el registro de los datos de las ciudadanas y ciudadanos, tanto personales como biométricos, se realizará siguiendo los estándares internacionales de seguridad de la información.

¿Cómo se elegirá al Presidente y al Vicepresidente?

La elección de Presidente y Vicepresidente se efectuará en circunscripción única nacional, por mayoría calificada de votos, mediante sufragio universal, obligatorio, directo, libre y secreto.

Serán proclamados Presidente(a) y Vicepresidente(a) los candidatos que hayan obtenido el 50 por ciento más uno de los votos válidos o un mínimo de 40 por ciento de los votos válidos con una diferencia de al menos 10 por ciento respecto de la segunda candidatura más votada.

¿Habrá segunda vuelta electoral en el exterior?

Si ninguna de las candidaturas a Presidente y Vicepresidente obtiene los resultados detallados en el punto anterior, se realizará una segunda vuelta electoral entre las dos candidaturas más votadas. En esta segunda vuelta electoral se proclamará ganador(a) a quien obtenga la mayoría simple de votos.

El artículo 47º de la Ley Nº 4021 establece lo siguiente: “Como consecuencia de los requerimientos técnicos del registro biométrico, a efectos de la primera experiencia de voto en el exterior, la Corte Nacional Electoral empadronará hasta un máximo del seis por ciento del Padrón Electoral Nacional. En ningún caso un solo país podrá concentrar más del 50% de los registros.”

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